Cuando se decreta la quiebra de una empresa, un árbitro (designado por un Juez) se hará cargo de administrar la quiebra
Para proteger los intereses de los acreedores, en quiebras involuntarias un Juez o en voluntarias un árbitro, pueden designar custodios de bienes que se hagan cargo de las propiedades de la empresa quebrada.
Son los acreedores los que tienen la potestad de designar un síndico que asume la función del custodio y es el responsable de la liquidación de la empresa , el cobro de los fondos, llevar los registros, examinar las reclamaciones de los acreedores, suministrar la información que se requiera y preparar los informes finales de la liquidación.