Problemas en la repercusión del IVA cuando una empresa me vende un vehículo

Cómo tributar correctamente la compraventa de un vehículo.

¿Qué dice la Administración en relación con la transmisión de activos afectos parcialmente al patrimonio empresarial o profesional, como vehículos, turismos, coches , motos etc… adquiridos por las empresas?

Vehículos y turismos en venta. En la compra o adquisición, ¿Qué IVA pagar en la transmisión?

¿Y qué ocurre si hay una equivocación en la tributación según Hacienda?

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Qué dice la ley

Artículo 95 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, apartado Tres punto 2º.

2.ª Cuando se trate de vehículos automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores y motocicletas, se presumirán afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 50 por 100.

A estos efectos, se considerarán automóviles de turismo, remolques, ciclomotores y motocicletas los definidos como tales en el anexo del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como los definidos como vehículos mixtos en dicho anexo y, en todo caso, los denominados vehículos todo terreno o tipo jeep”.

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¿Qué ocurre cuando la empresa vende estos turismos?

Por consiguiente, la base imponible del Impuesto en la entrega de un vehículo automóvil que ha estado afecto a un patrimonio empresarial o profesional en un porcentaje del cincuenta por ciento, debe computarse, asimismo, en el cincuenta por ciento de la total contraprestación pactada, dado que la transmisión del otro cincuenta por ciento se corresponde con la entrega de la parte de dicho activo no afecta al referido patrimonio que debe quedar no sujeta al Impuesto de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.Dos.b) de la Ley 37/1992…”.

2.1 Concluimos que

Efectivamente, estaríamos emitiendo facturas de venta de un turismo que ha pertenecido a nuestro inmovilizado material, aplicado un porcentaje de IVA sobre la mitad del precio de venta.

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¿Pero qué es lo que sucede realmente y cuánto se tributa en la realidad?

En la venta a particulares se ahorran el IVA porque pagan ITP, pero si la transacción es entre empresas o entre empresa y particular los escenarios son más ambiguos:

Y ¿cómo demuestra el comprador que ha pagado un IVA del 100% y la empresa que vende el vehículo se ha deducido el mismo 100%?

La Administración Autonómica en estos casos siempre puede aplicar lo expuesto en el artículo 95 de la LIVA.

Si tienes otros problemas o dudas con vehículos a nombre de empresa, puede leer más artículos que hay en esta sección o contactarnos.

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